Según magistrada Tirza Flores
Micheletti, diputados y jefes habrían incurrido en al menos 8 delitos
La
magistrada Tirza Flores sostuvo que el presidente de la República
Manuel Zelaya Rosales “en ningún momento debió ser objeto de los hechos
que han sido ejecutados tanto por el Estado Mayor Conjunto de las
Fuerzas Armadas como por los diputados al Congreso Nacional, ellos han
roto la institucionalidad y en nombre de la legalidad, dicen ellos,
entre comillas, que han realizado acciones que nosotros consideramos
que son delitos”.
Alainet.org, jueves 02 de julio de 2009
Por
la comisión de los delitos contra la forma de gobierno, falsificación
de documentos públicos, terrorismo, detención ilegal, rebelión, abuso
de autoridad, traición a la patria y allanamiento de morada han sido
denunciados ante la Fiscalía General de la República el Presidente
Roberto Micheletti, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas
Armadas, Romeo Vásquez Velásquez.
Además
de ellos, han sido denunciados, José Alfredo Saavedra, presidente del
Congreso Nacional y los diputados, Ramón Velásquez Nazar, Juan Orlando
Hernández, Toribio Aguilera, Martha Lorena Alvarado y todos los demás
diputados y diputadas que participaron y aprobaron la resolución o
decreto mediante la cual se destituyó al ciudadano Manuel Zelaya
Rosales de su condición de Presidente Constitucional de la República.
Asimismo
fueron denunciados los oficiales del alto mando, Miguel García Padgett,
Juan Pablo Rodríguez Rodríguez y Luis Javier Prince, miembros del
Estado Mayor Conjunto de las FFAA.
La
denuncia fue interpuesta por los fiscales Víctor Fernández y Jari
Dixon, el juez Guillermo López Lone de la Asociación de Jueces por la
Democracia (AJD), la magistrada Tirza Flores, la abogada Claudia
Hermandorfer del Centro de Derechos de Mujeres (CDM), la Coordinadora
del Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras
(Cofadeh), Bertha Oliva.
Y
por las ciudadanas y ciudadanos: Foad Alejandro Castillo, Marco Tulio
Padilla Mendoza, Hermes Aníbal Reyes Navarrete, María del Rosario Roiz
Andino, Myrna Isabel Mejía, Lidia Cálix y Marcela Guzmán Melghem.
La
denuncia de los ciudadanos y ciudadanas establece que “los bienes
jurídicos quebrantados son la existencia y la seguridad del Estado, la
seguridad interior del Estado de Honduras, la libertad y la dignidad de
las personas y de la patria”.
Cabe
señalar que las instalaciones del Ministerio Público permanecen
fuertemente custodiadas por efectivos militares, al igual que el resto
de instituciones estatales del país.
Alrededor
del mediodía y luego de presentar la denuncia ante el Fiscal General
Luis Alberto Rubí, la abogada Claudia Hermannsdorfer del Centro de
Derechos de Mujeres (CDM) expresó que el Fiscal General “va a conocer
la denuncia, que le va a dar el trámite más rápido posible, como le ha
dado trámite a las otras denuncias que ha recibido en éstos días y que
va a proceder conforme a derecho; estamos esperando que proceda”.
Si
el Fiscal General, Luis Alberto Rubí “va a actuar, tiene que actuar en
igualdad de condiciones y tiene que actuar tan rápidamente como actuó
en los otros casos”.
Se
conoció a través de un fiscal que pidió el anonimato que la Fiscalía
contra la Corrupción estaba preparando requerimientos con fechas
anteriores a la de este día, para que en los tribunales de justicia se
libraran órdenes de captura contra el presidente Manuel Zelaya y su
gabinete.
Consultada
por la prensa nacional en torno a la pretensión de la denuncia,
Hermansdorfer sostuvo que queremos “que se restituya en el país la
institucionalidad y el estado de derecho, y el estado de derecho
significa que se reinstale al presidente electo por el pueblo de
Honduras, para que cumpla su período”.
Por
su parte la magistrada Tirza Flores sostuvo que el presidente de la
República Manuel Zelaya Rosales “en ningún momento debió ser objeto de
los hechos que han sido ejecutados tanto por el Estado Mayor Conjunto
de las Fuerzas Armadas como por los diputados al Congreso Nacional,
ellos han roto la institucionalidad y en nombre de la legalidad, dicen
ellos, entre comillas, que han realizado acciones que nosotros
consideramos que son delitos”.
Flores
añadió que “tenemos la palabra del Fiscal General y del Fiscal Adjunto
que van a proceder a la investigación de estos actos de una manera
imparcial y con la celeridad del caso. Creemos que esta es una prueba a
la institucionalidad del país porque yo, repito, no estamos defendiendo
al presidente constitucional de la República, estamos defendiendo la
institucionalidad y la democracia de nuestro país”.
“Si
el presidente incurrió en ilícitos penales, no debió ser objeto de una
expatriación como ha sido en este momento. El artículo 81y 102 de la
Constitución garantizan el derecho, a todos los ciudadanos y ciudadanas
de residir libremente en el territorio nacional y de no ser objetos de
una expatriación ilegal como lo fue Manuel Zelaya Rosales”, recalcó la
jueza.
El
domingo 28 de junio de 2009, alrededor de las 5:00 de la mañana, en la
colonia 3 Caminos de la ciudad de Tegucigalpa, Distrito Central, con
instrucciones del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de
Honduras.
Un
contingente de militares ingresó violentamente a la residencia del
presidente constitucional de Honduras, Manuel Zelaya Rosales con el fin
de darle captura, acción en la cual se produjo un enfrentamiento con
armas de fuego entre los agresores y efectivos de la Guardia de Honor
Presidencial, los cuales al final fueron reducidos a la impotencia.
Posterior
a la captura de Manuel Zelaya Rosales, el presidente fue trasladado a
la Base Hernán Acosta Mejía de la Fuerza Aérea Hondureña y luego puesto
en un avión que lo trasladó a San José de Costa Rica.
Ese
mismo día la corte Suprema de Justicia emitió un comunicado en el que
reseñaba la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Francisco Morazán, en la que ordenaba la suspensión
de la encuesta de opinión denominada “cuarta urna” y el decomiso de las
urnas, papeletas y todo el material relacionado con la llamada consulta
popular.
Los
denunciantes señalan que dicho juzgado no tiene facultades para
decretar la detención de ninguna persona, por lo que la captura del
presidente Manuel Zelaya Rosales se produjo sin la orden respectiva que
en todo caso debió ser producto de un proceso bien definido por el
Código Procesal Penal en sus artículos 417 y siguientes.
Y
sin lugar a dudas, la detención justificada de cualquier persona en la
República de Honduras, implica su puesta a disposición de las
autoridades competentes, lo que en este caso, claramente no sucedió.
Tegucigalpa.
Departamento de Divulgación y Prensa del Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH)
Fuente: http://www.alainet.org
www.soawlatina.org