Día Nacional de la Tortura
Por Paulina Acevedo*
Hoy
se conmemora en todo el mundo el Día Internacional de Apoyo a las
Víctimas de la Tortura, instituido por Naciones Unidas en 1997. Y
ayer, en un anuncio inesperado pero del todo valorable, el gobierno
informó a través de su ministra vocera, Carolina Tohá, que “de aquí en
adelante” decretará el 26 de junio como el Día Nacional contra la
Tortura y que enviará al Congreso un proyecto de ley para adecuar la
tipificación de este delito en nuestro ordenamiento interno (art. 150 A
del Código Penal). Ya que según explicó, “Esto obedece a las
recomendaciones que hizo el Comité contra la Tortura de Naciones
Unidas, para ajustar lo que dice nuestra legislación en esta materia a
lo planteando en el Tratado Internacional contra la Tortura".
La
ministra se refiere a la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Naciones Unidas y a las
recomendaciones que en mayo recién pasado le hizo al Estado chileno el
Comité contra la Tortura de dicho organismo internacional, tras
examinar el quinto informe periódico del gobierno dando cuenta de sus
avances en la implementación plena de la Convención.
Dicha
Convención se encuentra vigente en Chile desde 1988, promulgada con
reservas (artículos 2, 3, 28 y 30) por la dictadura de Pinochet a fin
de evitar, entre otras cosas, que este Comité, encargado de vigilar el
cumplimiento de la Convención por parte de los estados, tuviera
competencia en el país. Recién en marzo de 2004, el Decreto N° 63 del
Ministerio de Relaciones Exteriores restituye esta facultad, pero solo
“respecto de hechos cuyo principio de ejecución sea posterior al 15 de
marzo de 2004”, es decir, impidiendo su carácter retroactivo y
atendiendo sus de requerimientos solo bajo el carácter de
recomendaciones generales.
Por
eso, más allá del gesto simbólico de decretar un día nacional en la
materia, lo importante ahora es conocer los contenidos específicos del
proyecto que presentará el gobierno y evaluar si éstos cumplen con lo
exigido por el Comité para evitar que se sigan violando los artículos 1
y 4 de la Convención. Pues si bien es cierto que en Chile, con la
ley 19.567 se modificó sustancialmente la descripción y la penalidad
aplicable a los casos de tortura, ella limita las potenciales víctimas
a aquellas personas privadas de su libertad, distinción que no existe
en la Convención. La legislación nacional tampoco prevé la
sanción a las tentativas de torturas, previsto en el artículo 4 de la
Convención. Y si el responsable del acto es un policía uniformado, el
caso no es juzgado como tortura bajo el Código Penal, sino como
“violencia innecesaria” bajo el artículo 330 del Código de Justicia
militar, por lo cual la legislación sobre tortura sigue sin aplicación
en la práctica. Finalmente, la legislación prevé un plazo de
prescripción de 10 años por actos de tortura, lo cual es incompatible
con la gravedad del delito y la Convención.
Pero
esta no fue la única recomendación que recibió el Estado por parte del
Comité. Existen problemas de fondo que no han sido subsanados, y
que tienen que ver tanto con el pasado como con el presente
democrático. A casi dos décadas del término de la dictadura, no
se han logrado eliminar estas prácticas de los órganos policiales y de
aquellos que cautelan la reclusión de personas, que lejos de
desaparecer de la realidad nacional, se han intensificado en los
últimos años. Quedando sus perpetradores en la más absoluta
impunidad, al ser juzgados por tribunales militares que no garantizan
imparcialidad ni tampoco un debido proceso, y que tienen competencia
para juzgar a civiles.
Por
eso, si bien nuestro proceso de transición a la democracia contempla
progresos importantes en cuanto a la verdad, a la justicia y a la
reparación, aún insuficientes, hay que remarcarlo; poco o nada se ha
avanzado, tras el traumático periodo vivido en los setenta, para
consagrar una voluntad colectiva, formada en los valores del respeto a
los derechos humanos, que logre cimentar las bases para nunca más en
Chile vuelvan a sucederse hechos que violenten de manera tan cruenta la
dignidad de las personas.
La
Tortura es por tanto, no solo un problema de la dictadura, sino también
de la democracia, teniendo ésta última aún mayor responsabilidad frente
a estas realidades. Pues no es esperable –aunque sí deseable- que
un gobierno autoritario desista de recurrir a la tortura para alcanzar
sus fines. Pero es del todo exigible, y eso debe ser un
imperativo, salvaguardar que esto no ocurra en democracia, donde el
estado de derecho que la sustancia solo es garantizable cuando existe
una adecuada protección de las libertades y derechos que son inherentes
e inalienables a las personas.
Sin estado de derecho, no existe una verdadera democracia.
Y
a la luz de las otras varias recomendaciones formuladas por el Comité,
algunas de las cuales, dada su gravedad, se le solicitó al Estado
presentar informe en el plazo de un año, estamos lejos de constituir
una democracia donde impere el estado de derecho.
Estos
temas prioritarios, a los que el gobierno deberá responder a más tardar
en mayo de 2009, y que debieran formar parte de la agenda de trabajo
–ojalá conjunta- de las organizaciones que en el país luchan por el fin
de la tortura, son: la derogación del Decreto Ley de Amnistía de 1978,
reforma al Código de Justicia Militar, intensificación de situaciones
de violencia policial y los esfuerzos desplegados para la
implementación de políticas de reparación y de atención en salud para
víctimas de tortura que vivan fuera del territorio nacional.
Respecto
de las violaciones cometidas durante la dictadura, el Comité pidió
también reabrir la Comisión sobre Prisión Política y Tortura, y derogar
la disposición que establece secreto por 50 años a la información
Valech sobre la práctica de la tortura durante la dictadura de Pinochet
y respecto de las identidades de los perpetradores. Recomendación
que se une a la formulada ya en marzo de 2007, por el Comité de
Derechos Humanos de la ONU, pidiendo traslado de toda la documentación
a los tribunales de justicia.
En
cuanto a la situación actual, la mayor preocupación del Comité es
frente a los múltiples casos denunciados en contra de agentes
policiales que pueden constituir actos de tortura, en especial
actuaciones abusivas “contra integrantes de pueblos indígenas, en
particular, contra miembros del pueblo mapuche”. Por lo mismo
pide se efectúen investigaciones “efectivas y transparentes” y “se
enjuicien y sancionen a los funcionarios de la policía que cometan este
tipo de actos”.
Otro
de los puntos sensibles es la ausencia de una institucionalidad
independiente de derechos humanos en Chile, donde no existe siquiera la
figura del defensor del pueblo y el Instituto de Derechos Humanos que
se proyecta, tiene serias deficiencias.
Si
bien es cierto que un número importante de estas recomendaciones
encuentran su freno o piedra de tope en el Congreso, ellas, en si
mismas, son lo suficientemente contundentes y categóricas como para
alentar un debate público intenso, que logre forzar estos
procesos. Pero que no se ha hecho.
Pues
hasta el momento los gobiernos de Concertación han mantenido una
actitud timorata a la hora de enfrentar, de manera decidida, los
resabios de la dictadura y a quiénes protagonizaron y protagonizan
prácticas de tortura. Pasando de la “justicia en la medida de lo
posible”, acuñada durante el gobierno de Aylwin, a la política de los
“acuerdos” y de los “consensos”, primero con los militares y
posteriormente con los partidos políticos.
Es
de esperar que el procesamiento ayer del autor material del asesinato
de Matías Catrileo, que constituye tortura en democracia, sea augurio
del principio de un cambio.
Sino,
de nosotros depende exigirlo, para que el crimen y la tortura Nunca Más
en Chile continúen instalados como una política de estado.
Por Paulina Acevedo Menanteau
Periodista – Comunicadora en Derechos Humanos