Observatorio Ciudadano constata situación de hacinamiento de presos mapuche en Angol

- Habitan doce personas, en un lugar habilitado para seis. Tampoco tienen posibilidad de espacios para desarrollar actividades propias a su cultura, como lo establece el Convenio 169 de la OIT.
- En conversación con el codirector del Observatorio Ciudadano, José Aylwin, éste explicó que su organización se comprometió a realizar gestiones al respecto. Además criticó la respuesta estatal a la creciente conflictividad en la región y la necesidad de aplicar correctamente el Convenio 169 de la OIT.
Hasta la cárcel de Angol se desplazó ayer un equipo de observadores de derechos humanos del Observatorio Ciudadano, encabezado por su co-director, José Aylwin, a fin de constatar en terreno denuncias de hacinamiento que afectan a presos mapuche en dicha cárcel.
“Efectivamente pudimos conversar con ellos y constatar que viven una realidad de evidente hacinamiento. Hay celdas para seis personas, pero que habitan una docena, pues han puesto nuevas literas, pero evidentemente las celdas no tienen capacidad para albergar a doce personas. Denuncian, asimismo, la existencia de arbitrariedad y discriminación, en circunstancias que hay delincuentes comunes en celdas con mucho menor hacinamiento”, señaló Aylwin.
Según el abogado, lo anterior contraviene además el Convenio 169 de la OIT, que indica que la justicia debe preferir penas distintas al encarcelamiento tratándose de pueblos indígenas, sin embargo, “en este caso los comuneros no tienen siquiera espacio para la práctica de su creencia religiosa, para desarrollar actividad vinculada a la tierra o a la práctica del palín, en contraste con otros sectores de la cárcel que tienen capillas, multicanchas deportivas, entre otros elementos”, agregó.
A su vez José Araya, coordinador del Programa de Ciudadanía e Interculturalidad del mismo Observatorio, recordó que el artículo 10 del Convenio establece que cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de pueblos indígenas, éstas deberán tener en consideración sus características económicas, sociales y culturales. "La cárcel de Angol tiene los mismos problemas de sobrepoblación que hay a nivel nacional en recintos penitenciarios, y eso ya es un motivo de preocupación, por cuanto afecta derechos básicos y la dignidad de quienes cumplen condena. En el caso de los comuneros presos, el hacinamiento es un problema real, pero también existen otros problemas, como que no se cumpla con condiciones mínimas que respondan a sus particularidades culturales. Un ejemplo es que mientras los presos evangélicos tienen un lugar de culto, los presos mapuche no; o que otros grupos en la cárcel tienen un patio, y ellos no", comentó.
"Los presos mapuches, en el marco del conflicto que tiene el estado de Chile con este pueblo, tienen todo el derecho a exigir condiciones básicas, entre ellas estar todos juntos en un módulo o sección distinta al interior del penal, pues no son presos comunes, sino políticos. La prisión política es una condición reconocida en el sistema internacional de los derechos humanos y en este grupo son claramente presos políticos", agregó Araya.
Finalmente, señaló que harán todas las gestiones administrativas necesarias o del tipo que sean necesarias para resolver la implementación de mejoras en las condiciones de prisión de los comuneros, sean éstos condenados o imputados; así como para que se resuelvan prontamente las peticiones de beneficios carcelarios que están aún pendientes, como es el caso de Ramón Llanquileo o Jonatan Huillical.
Se debe recordar que en esta cárcel están ingresadas personas procesadas a raíz de los hechos ocurridos en Wente Winkul Mapu, y en consideración a nuevos conflictos ocurridos en forma reciente, todo parece predecir que no solo va a seguir y sino también aumentar el hacinamiento del reciento, lo que se torna desde todo punto de vista intolerable. Ya que el penal tiene una capacidad de 270 personas, y hoy existen más de cuatrocientos internos, lo que avanza a duplicar la población admitida.
Incremento de la conflictividad y dichos irresponsables
Una serie de atentados e incendios ocurridos en días recientes en la Araucanía, muestran que existe un clima de conflictividad creciente, que amenaza el derecho a la vida y a la integridad física y síquica de quienes viven en la zona. “Nos preocupa como organismo de derechos humanos esta situación, pues consideramos que las acciones que vulneran o amenazan la vida e integridad de las personas, son condenables, y por lo mismo hemos sostenido siempre que deben ser investigadas y sancionadas”, señaló José Aylwin.
De acuerdo al co-director del Observatorio, es fundamental también expresar que “con la misma energía creemos que no cabe prejuzgar, como lo hacen las autoridades, los gremios y los medios de comunicación, directa o indirectamente al pueblo mapuche, imputando estos hechos a personas mapuche o sus organizaciones”.
Lo anterior, en referencia a los dichos del diputado Moreira, quien sin pruebas ni fundamento alguno atribuyó a coordinadoras indígenas, que estarían siendo apoyadas por ONGs internacionales, las acciones de violencia ocurridas en los últimos meses en la región. “Rechazamos categóricamente estos dichos. Si no están esos antecedentes, es una irresponsabilidad las afirmaciones que se hacen; y si lo están, sería muy relevante que se dieran a conocer y qué pruebas se tiene para sostener lo que ha señalado en este caso el Diputado Moreira”, respondió Aylwin.
Temas de fondo y política pública errática
El Observartorio Ciudadano, como organización de derechos humanos, constata además que hay temas de fondo, como la ausencia de solución a los históricos conflictos territoriales en la Araucanía; que tiene que ver con una política pública tierras (CONADI) errática y a la que no se le da el presupuesto que requiere. Con lo cual se terminan pagando precios especulativos, sin que se utilicen mecanismos como la expropiación por causa de utilidad pública, que bien podría ser una modalidad, constitucionalmente vigente, para dar respuesta a las demandas de tierras cuando las comunidades demuestran tener propiedad legal o propiedad ancestral sobre las mismas. Que además se ciña a los lineamientos de los compromisos internacionales que Chile tiene en esta materia.
Sobre mecanismo de consulta del Convenio
El deber de consulta a los pueblos indígenas que introduce el Convenio 169, ante medidas legislativas o administrativas que puedan afectarles, carece aún de la definición de un procedimiento para su implementación; y que, como ha señalado el Relator de Naciones Unidas, James Anaya, es un mecanismo que debe ser definido en consulta con estos pueblos. Es precisamente por esto último, que los procesos de consulta que se han impulsado por parte del gobierno han sido muy cuestionados desde las organizaciones de pueblos indígenas.
Al respecto, Aylwin comenta que han observado con mucha atención la legislación comparada, los procesos que se desarrollan en los países andinos, la interpretación sobre la consulta ha dado los propios órganos de supervisión de la OIT, como el Comité de Expertos, el Comité de Aplicación de Convenciones Internacionales, y se ha difundido a través de publicaciones estas directrices y estándares.
“En la coyuntura actual, en que el gobierno ha aprobado el reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental sin un proceso de consulta adecuado, el que ha sido impugnado por organizaciones de pueblos indígenas de todo el país, nosotros esperamos aportar en la perspectiva de la promoción de estos derechos, realizando un taller con organizaciones de pueblos indígenas, con dirigentes y actores relevantes, también con actores de gobierno, para que se puedan debatir las propuestas que ha hecho el estado y que a nuestro entender no califican como mecanismo de consulta adecuado. Donde se revisen además los lineamientos del derecho internacional y las experiencias comparadas en la materia”, finaliza Aylwin.



